20 octubre 2015

El colmo de la estupidez de un tribunal

El Tribunal Superior de Justicia de País Vasco ha considerado accidente de trabajo el asesinato de un empleado a manos de su aprendiz. Este último le atacó con ánimo de robarle un collar de oro. En este caso, el tribunal ha reconocido, además, que se trata de un accidente in itinere, a pesar de que los hechos sucedieron una media hora antes de llegar al trabajo.

Según recogen los hechos de la sentencia, ambos tenían por costumbre ir juntos a trabajar en el coche de la víctima, dado que vivían cerca. El suceso se produjo en el garaje del empleado, sin que aún se hubiera iniciado la ruta hacia el trabajo ni hubiera entrado ninguno de los dos en el vehículo.

El tribunal vasco considera que se cumplen todos los requisitos para entender que se trata de un accidente in itinere porque los hechos se produjeron en tiempo y lugar de desplazamiento habitual al centro de trabajo; existe un nexo causal entre los hechos y el trabajo porque el empleado fallecido trasladaba a diario en su coche al aprendiz que lo asesinó; y porque ha sido el vínculo laboral entre ambos lo que ha facilitado el acceso del agresor a su víctima.

También señala que fue un hecho fortuito e imprevisible, debido a un conocimiento circunstancial de ambas personas en el marco del trabajo para la misma empresa, que movió al aprendiz a atentar contra la vida de su compañero para sustraer la cadena de oro que había observado que portaba días antes en los vestuarios de la empresa.

(Información de A. Vigil)

Está claro que si vas camino del trabajo y te asesinan, es un ACCIDENTE "LABORAL". Todos estos ropones han estudiado Derecho en la tasca de Paco, junto a la Facultad de Derecho. Y además entre colegas bobos de Copa de rey de bobos.


16 comentarios:

  1. Un Cambises II hacía falta aquí para poner orden, decencia y sentido común entre tantos delincuentes togados, émulos de Sisamnés, como hay; ¡la madre que les parió!. Y del padre no digo nada, porque...¡a saber!

    Abrazo gordo. Y si pudiese, (no caerá esa breva), otro a la prima Gisela

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    1. DON TANN
      Si hubiera un rey Cambises que hiciera con los jueces como con Sisamnés mando hacer : desollarlo vivo y confeccionar un sillón con su piel, ya se lo pensarian más los ropones antes de escribir nada en papel foliado.

      A la "probe" Gisela no se le pueden contar estas cosas porque se llevaría un disgusto enorme.

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  2. Accidente laboral... ahá..Hecho fortuito e imprevisible (¿Hay algun asesinado para el que su asesinato no fuera imprevisible?..¿como puede ser fortuito un acto claramente preparado y calculado por el asesino?)

    A ese juez le tendrian que hacer pasar todos los test antidrogas conocidos, los de los ciclistas incluidos.

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    1. SEÑOR OGRO.
      A ESOS, porque son un trío que forman un tribunal. Y los controles antidroga y anti-alcohol resultan urgentes que se les realice cada hora.
      Han inventado algo inexistente en Derecho penal : el asesinato FORTUITO, que si fuera sin intención de matar en todo caso sería un HOMICIDIO, no un accidente. dado que hay intención de matar para robar, para ellos es un ACCIDENTE por razón de que iban a ir a trabajar.
      Sospecho que esta sentencia la ha redactado la mucama ecoatoriana de alguno de ellos.

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    1. DON JAVICHU.
      La única explicación que cabe es la que propone Señor Ogro : que esos ropones le dan, y mucho, a la cocaína o similar sustancia.

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  4. Ya he visto algunas cosas de estas que los jueces han calificado como accidente laboral y que uno no se lo cree, que estoy curado de espanto. Hay situaciones, como esta relatas y otras tan, o más alucinantes, que son realmente para hacerle pagar la indemnización y la pensión al juez.

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    1. DON TRECCE.
      Somos varios los que hemos visto u oído situaciones parecidas a éstas. Y no escarmientan por mucho que aparezcan en los "papeles".
      Habría que inhabitarlos de por vida para trabajos de despacho y destinarlos a labores exclusivas de de acarreo de ladrillos.

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  5. Además de lo estúpido de la sentencia, llaman la atención otro par de cosas: la falta de vista de la sección de personal al dejar entrar en la empresa a un sujeto indeseable y, en segundo lugar, que no se debe pecar de "buenismo" y meter a cualquiera en nuestro coche.

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    1. A ese mozo lo obligaba yo a ser el ujier permanente de los tres ropones que lo han calificado de "causar accidente laboral" al usar el coche de un compañero para quitarle la cadena y.......ahhhhh, de cargarselo de paso para que no reclame nada.
      En el propio coche unicamente hay que llevar a los nietos e hijos y en ocasiones distanciadas a la conyuge.

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  6. Todo para conseguirle une mejor pensión a la viuda y una indemnización a cargo de la empresa, porque seguro que el aprendiz será insolvente para la responsabilidad civil..... La de tirabuzones que dan a veces para justificar lo injustificable.

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    1. DON CSC.
      Es lo más probable : que hayan tirado los ropones esos pòr esa chuminada para obtener más pensión para la viuda, con lo que además se sentirán muy "benefactores" en lo social.
      En un principio la sociedad española desconfiaba de los bancos y de las Aseguradoras y ahora es casi seguro que más aún de los ropones.

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  7. Con esta sentencia es que no me llega la ropa al cuerpo; semejante despropósito no se le hubiera ocurrido ni a Marx; me refiero a Groucho, no a Carlos.
    Líbrenos Dios de semejantes ropones; si esta sentencia sentara jurisprudencia, casi todos los asesinatos de ETA habrían sido accidentes laborales, ya que la mayoría de los asesinados estaban realizando su trabajo o se dirigían a el o regresaban a sus domicilios.
    Esto como decía el gran Luis Sánchez Polack, "Tip", no se si es para cortarse las venas o dejárselas largas.
    Ni se le ocurra contarle esto a la prima Gisela que le da el día.

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    1. DON JAIME.
      Como muy bien comentas, "esta sentencia es para no saber si cortarse las venas o dejarselas largas".
      Qué cuadrilla y solitos ellos forman la CÚPULA judicial vasca porque son el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, uséase el SUPREMO de la Comunidad.

      No quiero imaginar cómo son los juzgados normales teniendo a éstos como los máximos DECIDIDORES de la Comunidad Autónoma.

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    2. Yo creo que los "normales" suelen tener más sentido común.... aunque como siempre me dice un amigo abogado que está todo el día de tribunal en tribunal, hay de todo como en botica y casi siempre según ves quién te ha tocado sabes por donde va a ir la sentencia. El juega mucho con esto, presentar las demandas en uno u otro juzgado o en diferente día para evitar a ciertos magistrados... y en cuanto a subir de instancias, siempre te lo desaconseja porque cuanto más arriba subes (judicialmente hablando) menos seguro tienes que la sentencia sea lógica y tenga algo que ver con las leyes. Y le creo, porque va contra su interés el no recurrir indefinidamente.

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    3. DON CSC.
      Conozco el tema porque he estado 40 años ejerciendo la abogacía. Y si dependiera de uno no se pondrían nunca demandas en determinados juzgados. Pero lo obliga la ley de jurisdicción territorial que ubica cada contencioso en el Juzgado correspondiente al lugar de residencia del demandado. Por otra parte, ahora en un Juzgado de ciudad (donde hay varios juzgados de primera instancia, cosa que no sucede en un pueblo porque unicamente disponen de un sólo juzgado de primera instancia) los asuntos se someten a SORTEO por la secretaría judicial, y a cada ropón le cae el que le toca.

      Respecto a la apelación a instancias superiores, cabe hacerlo a la Audiencia Provincial pero de ahí para arriba los ropones suelen estar a merced de quien manda en la Comunidad Autónoma. Nada que rascar si el oponente es del partido que gobierna.
      He visto y muchas veces a Juzgados con diferentes jueces dictar sentencias opuestas en temas idénticos. Y la ley es la misma en todos los casos.
      Y en donde ya es una juerga la Justicia es en juzgados de grandes ciudades como Madrid, Valencia o Barcelona.
      Además de todo eso que explico, has de tener en cuenta que en el País vasco casi ningún juez quiere trabajar y por tanto en cuanto recibe ese destino ya está pidiendo el traslado a otra parte. Con lo que un mismo tema que hayas llevado al Juzgado para cuando un ropón se lo ha estudiado lo deja colgando porque ha cambiado de destino, y viene a hecerse cargo de él otro que no lo ha visto nunca.

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